El Examen Periódico Universal (EPU) es un mecanismo implementado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que nace en virtud de la resolución 60/251 de la Asamblea General de la ONU, de fecha 15 de marzo de 2006; decidiéndose crear el Consejo de Derechos Humanos (CDH), el cual, tiene su sede en Ginebra, Suiza, en sustitución del Comité de Derechos Humanos.
El CDH es el responsable de promover el respeto universal de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, sin distinción de ningún tipo, y, de una manera justa y equitativa. El CDH por medio de la resolución 5/1 del 18 de junio de 2007 estableció la periodicidad y el orden del EPU, realizándose cada cuatro años y medio. Dicho organismo internacional examina la situación general de los Derechos Humanos en los 193 Estados miembros de la ONU.
En consecuencia, el EPU es el mecanismo mediante el cual los Estados se somete a un examen realizado por los demás miembros de la ONU sobre la situación de los Derechos Humanos, dicha revisión es facilitada por un grupo de trabajo (“troika” /tres Estados elegidos al azar).
Los cuadros colocados a continuación articulan las referencias directas que se hicieron en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) en el tercer ciclo de evaluación del EPU.