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Comunicado: Desaparición de personas durante el conflicto armado y las desapariciones actuales en El Salvador

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31 agosto, 2021

En El Salvador las desapariciones forzadas y otras formas de desaparición siguen ocurriendo. Los casos de personas desaparecidas durante el conflicto armado siguen sin resolverse. Con la firma de los Acuerdos de Paz en El Salvador, este crimen de lesa humanidad se creía superado; sin embargo, desde 2003 se reportan desapariciones en aumento presuntamente cometidas por pandillas, miembros del crimen organizado, e incluso con participación de actores estatales. En ambos fenómenos de desapariciones, la impunidad sigue imponiéndose.

En cuanto a la búsqueda de personas desaparecidas en el contexto del conflicto armado, tanto interna como fuera del país se demandaba al Estado salvadoreño a crear un programa de búsqueda de personas desaparecidas, así como la asignación de recursos para realizar acciones de búsqueda efectiva. En 2010 se creó la Comisión Nacional de Búsqueda de Niños y Niñas Desaparecidos (CNB), y en 2017 la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas (CONABÚSQUEDA). ambas con el mandato de buscar, localizar, identificar y posibilitar el reencuentro de las personas desaparecidas durante el conflicto armado –o sus restos mortales– con sus familiares. Por la complejidad de la tarea, para ambas Comisiones no ha sido nada fácil cumplirla por distintos motivos. Uno de ellos ha sido la negativa de facilitar el acceso a los archivos militares que aún se encuentran negados por las autoridades estatales.

En cuanto a la persecución penal de las desapariciones durante el conflicto armado, la Sala de lo Constitucional (SC) de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió en julio de 2016 la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General de 1993, lo que supuso la eliminación de los obstáculos jurídicos para la persecución de graves violaciones de derechos humanos o crímenes internacionales ocurridos en el contexto del conflicto armado, incluyendo las desapariciones forzadas. La SC desarrolló audiencias de seguimiento al cumplimiento de la resolución, los resultados fueron que ninguna institución ha cumplido con lo mandatado en la sentencia. Por su parte la Fiscalía General de la República (FGR) creó un Grupo Especial de fiscales para investigar los casos de la guerra y emitió una Política de Persecución Penal sobre el tema. La Asamblea Legislativa no ha aprobado la Ley de reconciliación, sino que decidió enviar a archivo la propuesta. La Fuerza Armada sigue negando la existencia y el acceso a los archivos militares. La impunidad sigue imponiéndose, ninguna causa por desaparición ha avanzado, ninguna persona ha sido condenada penalmente por estos motivos.

Desde inicios de este siglo, el país ha enfrentado un creciente fenómeno de desapariciones cometidas presuntamente por pandillas y otros actores del crimen organizado que operan en el país, en las que se presume la participación de miembros de las fuerzas de seguridad pública y/o militar, incluso por particulares.

Si bien no hay estadísticas integradas y validadas del número de personas desaparecidas, los registros de las fuentes institucionales hablan de varios miles. Solo entre 2014 y 2019, la Policía Nacional Civil (PNC) dio cuenta de más de 12000 personas reportadas como desaparecidas, una cifra mayor a las estimaciones de desaparecidos durante el conflicto armado.

Solo entre 2014 y 2019 se registraron más de 22 mil denuncias de desaparición. Durante el año 2020 el fenómeno ha persistido siendo la población joven y adulta joven la más afectada. De acuerdo con información proporcionada por la PNC, en el 2020 se registraron 1,539 desapariciones de personas, de estas el 34.18% (526) correspondía a mujeres y 65.82% (1,013) a hombres, de los cuales 41% eran casos activos al finalizar el año. Entre enero y abril de 2021 se han registrado 424 personas según datos de la FGR, representando un incremento en relación a 2020 en el mismo periodo cuando se registraron 198.

Este fenómeno criminal tiene un impacto diferenciado en razón del género. De momento, se conoce que en los últimos años “los avisos y denuncias de niñas y mujeres desaparecidas en los registros oficiales representan entre el 30 y 40% del total de casos denunciados”, y que las mismas rara vez son localizadas vivas o muertas. Hasta ahora, se estima que la mayoría de estas desapariciones son causadas por las pandillas u otras formas de crimen organizado, aunque probablemente exista algún tipo de participación de miembros de las fuerzas de seguridad. Igualmente estas desapariciones se relacionan con violencia contra las mujeres por razones de género.

Por si fuera poco, en territorios dominados por agrupaciones masculinas violentas –como las pandillas–, las mujeres y niñas enfrentan un proceso de sometimiento continuo, siendo la desaparición una de sus expresiones más graves. En estos casos, las alertas de búsqueda suelen opacarse bajo la justificación de vivir en territorios controlados por pandillas, apelando –prácticamente– que estas desapariciones son el resultado de “su involucramiento” con dichas estructuras criminales.

En relación con estas desapariciones “actuales”, le corresponde la investigación a la FGR: tanto la búsqueda de la persona desaparecida como la determinación de los responsables y la judicialización del caso. Para estos efectos, desde diciembre de 2018, el país cuenta con el Protocolo de Acción Urgente (PAU) y con una Estrategia de Búsqueda de Personas Desaparecidas, y en julio de 2019, se creó la Unidad Especializada de Personas Desaparecidas dentro de la FGR y un Instructivo Interno para la Búsqueda. Adicionalmente, la FGR en coordinación con la CSJ creó el Sistema Único Nacional de Desaparecidos y Registros de Cadáveres; y en diciembre de 2019, entró en vigencia la reforma al artículo 148 del Código Penal, con la que se creó el delito de desaparición de personas, que es una nueva figura penal destinada a perseguir las desapariciones cometidas por particulares. No obstante estas acciones, los resultados no son efectivos. Así, en pocas palabras, la respuesta estatal ante estos graves hechos todavía es lenta y deficiente, al grado que solo cuatro casos han sido judicializados.

Rápidamente las desapariciones se están convirtiendo en el flagelo principal de inseguridad en el país. El caso ocurrido en Chalchuapa ilustra de forma cruda la problemática. El funcionariado no debe seguir minimizando la gravedad de la desaparición, ni trivializando los hechos como justificación para no atenderlos de manera efectiva.

Por cuanto, en materia de desapariciones tanto las ocuridas durante el conflicto armado como en la actualidad, demandamos:

  1. La creación de un registro único de personas desaparecidas;
  2. Ratificar la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas;
  3. Emitir una Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario;
  4. Emitir una Ley de Ausencia por Desaparición, que permita reconocer y dar continuidad a la identidad jurídica de la persona desaparecida, determinar su representación de interés y preservar sus derechos, a fin de ofrecer mayor certeza jurídica a sus familiares;
  5. Diseñar una estructura funcional de coordinación estratégica que integre representación de los tres Órganos de Estado, la FGR, la PDDH y los Comités de familiares;
  6. Establecer un Grupo de Trabajo que realice un mapeo y nómina de todos los posibles cementerios y fosas clandestinas existentes en el país, a fin de diseñar las estrategias de localización e identificación de las víctimas;
  7. Fortalecer con recursos financieros, técnicos y humanos las iniciativas técnico científicas llevadas a cabo por el Instituto de Medicina Legal;
  8. Que el Estado salvadoreño adopte mecanismos de reparación, restitución de derechos, indemnización y atención en salud física y mental a las familias de personas desaparecidas.
  9. Dar seguimiento al funcionamiento de la CNB y a la CONABÚSQUEDA, para velar que estas actúen de acuerdo con los estándares internacionales en la materia, y que cuenten con los recursos suficientes para llevar adelante su misión.

Si bien existen desafíos de diverso orden relacionados con los aspectos técnicos y las limitantes de recursos financieros y humanos especializados para la atención del fenómeno actual, entre los principales obstáculos radica el no despojar de carga política electoral el tema de la violencia, de los homicidios y de las desapariciones. Requiere que los actores políticos abandonen la práctica de acuerdos políticos con pandillas y otros grupos delincuenciales, como mecanismos de permanencia en el poder y asuman la obligación de encarar los desafíos de la violencia y criminalidad desde enfoques técnicos y acciones integrales con políticas de Estado.

San Salvador, 30 de agosto de 2021.


También puede descargar el documento aquí: https://bit.ly/3gNSNkN

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