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Comunicado: Desaparición de Personas en El Salvador

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7 abril, 2021

Este día, como Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho -FESPAD- presentamos la investigación denominada: “Desaparición de Personas en El Salvador”. Esperamos que este estudio contribuya a sensibilizar a la sociedad salvadoreña sobre la alarmante dimensión del fenómeno y sus diversos impactos; a que el Estado salvadoreño cumpla con sus obligaciones de brindar seguridad a la población; buscar a los desaparecidos e identificar sus restos, investigar y castigar a los perpetradores, reparar integralmente a las víctimas y sus familias.

La evidencia empírica muestra a la desaparición de personas como un crimen que inicia con la privación de libertad, seguido del ocultamiento del paradero y destino final la víctima, irrumpe como práctica criminal en la posguerra desde hace casi dos décadas.

La desaparición de personas surge inicialmente como modalidad criminal entre las pandillas por su funcionalidad para generar impunidad penal, pero prolifera con posterioridad, como un eficaz mecanismo para ocultar homicidios en el marco de acuerdos políticos con fines de rentabilidad electoral. Este atroz delito ejercido cada vez con mayores niveles de sofisticación, ofreció a las pandillas como valor agregado, la posibilidad de ganar prestigio criminal e imponer su dominio y autoridad en las comunidades, mediante el uso del terror y la intimidación.

Pese a la diferencia de intencionalidades, móviles y actores de la desaparición actual, con las que predominaron durante la guerra, la evidencia empírica muestra que el acto de desaparecer a una persona en la actualidad, inicia generalmente con la privación de libertad y es seguida de crueles torturas y suplicios; abuso sexual en el caso de las mujeres y el asesinato y posterior ocultamiento clandestino de los restos de la víctima. La crueldad y el horror evidenciados en la mayoría de las victimas localizadas principalmente en cementerios clandestinos utilizados por pandillas, hablan de una lógica de crueldad y deshumanización que transciende al hecho de producir la muerte. No obedece a la pura necesidad de quitar la vida, sino que se centra en la destrucción del cuerpo marcado por la crueldad, como forma de atentar contra la dignidad y condición humana.

Su extendido uso como parte del repertorio criminal de las pandillas, su falta de reconocimiento político como problema social y la impunidad que ha rodeado la mayor parte de estos crímenes, han propiciado su creciente utilización por parte de otros actores, entre ellos agentes del Estado, grupos de exterminio y particulares.

La poca investigación de la mayoría de estos graves hechos, motivada principalmente por el interés político de mantener estadísticas favorables al gobierno de turno, ha servido como incentivo para que diversos actores criminales, incluyendo agentes del Estado, recurran a la desaparición de personas como un mecanismo eficaz y de bajo costo para dirimir conflictos y perseguir intencionalidades de distinta índole. Bajo la lógica de las teorías de economía del crimen, la baja probabilidad de castigo penal que ha existido en este delito versus los diversos beneficios logrados por los perpetradores, han incentivado su uso y convertido a esta ominosa práctica, en un atractivo delito.

El uso de la desaparición de personas por otros actores, con métodos similares a los utilizados por las pandillas, incluyendo agentes estatales, otorga mayor poder social y autoridad a estos grupos en el imaginario colectivo, en un contexto de ausencia de Estado. Esto reforzaría el control social y territorial que ya ejercen las pandillas y aumentaría el sentimiento de desamparo y desprotección de la población frente a estos grupos.

Su invisiblización y negación oficial durante tanto tiempo como un crimen de gran afectación entre la población, principalmente la que vive en condiciones de exclusión y vulnerabilidad, ha favorecido su utilización bajo distintos móviles entre particulares y agentes del Estado.

Adicionalmente, la postura negacionista que ha prevalecido entre distintos gobiernos respecto a su existencia, dimensión e impactos, profundiza el aislamiento, el temor y el ostracismo en el que suelen quedar las familias luego del trágico hecho. Esta retórica política que minimiza, niega o trivializa la desaparición de personas y que es posteriormente replicada por los operadores de justicia ante el conocimiento de los casos que llegan a sede policial o fiscal, legitima y le da fuerza al propósito del perpetrador de este delito, que es negar, no dejar huella, anular e invisibilizar la existencia de la víctima y del delito.

Esto explica la dimensión numérica alcanzada por la desaparición de personas y su proliferación en diversas zonas del territorio nacional, tanto urbanas y rurales. Si bien a casi dos décadas de su irrupción como fenómeno delictivo, no existe un registro único de personas desaparecidas debido en buena medida al desinterés político de visibilizarlo, los registros de denuncias existentes a la fecha, indican que han superado por mucho a las estimaciones de personas desaparecidas durante el conflicto armado.

Solo en el quinquenio anterior, los registros oficiales de la Fiscalía contabilizaron más de 20 000 denuncias de personas desaparecidas, y aun cuando esas cifras se ajusten con los que aparecen vivos o muertos según las autoridades, su dimensión cuantitativa y los impactos múltiples y posteriores que desencadena en las familias y en las comunidades lo catalogan como una auténtica emergencia humanitaria. En los últimos años, los reportes oficiales de personas desaparecidas han superado la cifra de homicidios registradas por las autoridades.

Si bien no es posible hoy día estimar el sub registro de casos en la estadística oficial, es plausible que este haya ido en incremento en el último lustro debido al creciente temor y desconfianza de muchas víctimas hacia la Policía, originada por la creciente participación de algunos de sus miembros en diversos abusos y graves hechos delictivos como ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada.

El retorno de la práctica de desaparición forzada que se creía erradicada, ha sido favorecido por un contexto de tolerancia e impunidad de las autoridades ante los crecientes abusos y hechos de violencia policial que se profundizaron en el pasado quinquenio. La participación de miembros de las fuerzas de seguridad en estos gravísimos crímenes adquiere una dimensión de amenaza superior a la que pueden representar los grupos al margen de la ley.

La desprotección, el desamparo, la amenaza y el riesgo para las víctimas y para los ciudadanos en general, se maximiza cuando los ciudadanos quedan al arbitrio de funcionarios e instituciones corrompidas e indiferentes a las demandas legítimas de protección y justicia de las víctimas.

La participación de agentes estatales como sujetos activos en un crimen considerado de lesa humanidad y la prolongada inacción del Estado salvadoreño en prevenir la desaparición de personas, coloca al país en una delicada situación de incumplimiento de diversos compromisos internacionales adquiridos en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

La responsabilidad del Estado salvadoreño por acción y omisión en la proliferación de esta extendida práctica, se pone aún más de manifiesto en la falta de investigación, la dilación de la búsqueda de la persona desaparecida y en los altos niveles de impunidad de gran parte de los casos que llegan a conocimiento de las autoridades.

Hay evidencia abundante de la inacción, indolencia e indiferencia de policías y fiscales frente a las demandas de búsqueda inmediata de los familiares, así como de los tratos indignos e irrespetuosos que han recibido muchas familias que se avocan a sedes policiales y fiscales. La gran mayoría de familiares consultados experimentaron la estigmatización, la revictimización y la indiferencia de quienes tienen la obligación de protegerlos, auxiliarlos y actuar con la debida diligencia frente a hechos tan graves.

Esto supone un grave incumplimiento del Estado salvadoreño en materia de protección de los derechos humanos y de la obligación de perseguir, investigar y sancionar a los responsables de la desaparición de personas.

El irrespeto, la hostilidad, la descalificación y el trato poco considerado hacia los angustiados familiares por parte de policías y fiscales, contravienen todas las directrices internacionales en materia de búsqueda, localización e investigación de las personas desaparecidas y violan los compromisos asumidos por el Estado salvadoreño para garantizar los derechos y protección de los familiares y víctimas de la desaparición. Ese clima de impunidad e indefensión agrava los impactos psicosociales que deben enfrentar los familiares luego de la desaparición de un ser querido.

La impotencia, el miedo, la culpa y la incertidumbre angustiosa provocada por el desconocimiento del destino que han tenido sus seres queridos y la ambigüedad en la que se debaten los familiares, entre procesar y aceptar su muerte o negarse a esa posibilidad y abrigar la esperanza de que se encuentre vivo, dejan graves secuelas emocionales a las familias de las víctimas.

Los familiares deben lidiar con los impactos económicos que generan la ausencia de su ser querido, quienes en muchos casos son proveedores, jefaturas de familia o sostén de otros miembros del grupo familiar. La desestructuración de la familia derivada del desplazamiento forzado o la migración irregular de algunos de sus miembros, como resultado del miedo o las amenazas que se generan luego de la desaparición, son otros de los impactos que deben asumir las familias víctimas de la desaparición.

Es preciso señalar que el abandono reiterado del Estado salvadoreño a las víctimas de un grave delito como la desaparición de personas que conlleva vulneraciones a diversos derechos, no solo profundiza los múltiples impactos generados por este atroz hecho, sino que ha favorecido en la mayoría de los casos analizados, la irrupción de nuevos ciclos de violencia en contra de las familias, quienes suelen enfrentar amenazas, el desplazamiento forzado, homicidios e incluso, nuevas desapariciones.

Este escenario de múltiples y continuadas violencias en un contexto de desprotección y ausencia de Estado, está generando condiciones para la instauración de graves crisis humanitarias. Es indiscutible que el discurso político que niega o le resta relevancia a la magnitud de la desaparición de personas, ha permeado durante mucho tiempo en su falta de reconocimiento social como un grave problema nacional, lo que profundiza el aislamiento y la soledad con las que las familias viven su pérdida. Estos sentimientos se ven profundizados por la estigmatización de la víctima de desaparición como pandillero o delincuente, con lo que surgen sospechas sobre la reputación de la víctima o su familia, o argumentos que justifican la suerte corrida.

Si bien en 2019 el Estado salvadoreño dio los primeros pasos para abordar el fenómeno, con la reforma al Código Penal que reconoce la desaparición atribuida a particulares como delito, y la creación de una unidad especializada en la FGR que coordina la activación de un Protocolo de Acción Urgente para los casos recientes de desaparición, a más de un año de su adopción se advierten pocos avances sustantivos y falta de continuidad en la adopción de políticas y acciones de coordinación para su abordaje integral.

Aunque existen desafíos de diverso orden relacionados con los aspectos técnicos y las limitantes de recursos financieros y humanos especializados para la atención del fenómeno, los principales obstáculos en el caso salvadoreño, radican en despojar de carga política electoral el tema de la violencia, de los homicidios y de las desapariciones. Requiere que los actores políticos abandonen la práctica de acuerdos políticos con pandillas y otros grupos delincuenciales, como mecanismos de permanencia en el poder y asuman la obligación de encarar los desafíos de la violencia y criminalidad desde enfoques técnicos y acciones integrales con políticas de Estado.

Ello implica reconocer la magnitud alcanzada por esta ominosa práctica, y visibilizar los diversos impactos que han producido en las víctimas, en las comunidades y en la sociedad en general. Localizar e identificar a las personas desaparecidas en El Salvador a causa de la violencia, implica visibilizar a miles de víctimas asesinadas y enterradas en este pequeño país, reconocer la responsabilidad del Estado en su proliferación y avanzar en el inaplazable reto de adoptar mecanismos efectivos de prevención, de restitución y reparación a las familias.

En este contexto, como Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, RECOMENDAMOS:

  1. Crear un registro nacional único de personas desaparecidas, que integre coteje y valide continuamente información de distintas fuentes oficiales, de organizaciones no gubernamentales, Comités de familiares y organismos humanitarios que atienden casos de personas desaparecidas, a fin de contar con una base estadística más completa y de personas no localizadas, que reúna información más confiable y depurada para las estrategias de búsqueda, investigación, identificación forense y atención humanitaria de las familias. Es fundamental garantizar la protección de los datos y la confidencialidad de la información contenida en este registro.
  2.  Abordar la desaparición de personas como un desafío de Estado que involucre la participación comprometida de los tres Órganos de Estado, la FGR y la PDDH en la adopción de políticas de prevención, investigación y sanción de los responsables de la desaparición de personas y de reparación integral de los familiares.
  3.  Ratificar la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, así como adecuar la legislación nacional a los contenidos de ambos instrumentos internacionales.
  4. Adecuar la normativa penal y la legislación nacional relacionada al tema, al marco internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
  5.  Someter a discusión en la Asamblea Legislativa una Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario, que contemple una definición de la persona desaparecida, una definición de familiares de personas desaparecidas, el derecho a no ser desaparecido, el derecho a ser buscado indistintamente de las causas de su desaparición y a que las víctimas reciban asistencia, atención y protección.
  6. Someter a discusión con la participación de organizaciones no gubernamentales y Comités de familiares, una Ley de Ausencia por Desaparición, que permita reconocer y dar continuidad a la identidad jurídica de la persona desaparecida, determinar su representación de interés y preservar sus derechos, a fin de ofrecer mayor certeza jurídica a sus familiares.
  7. Decretar el 31 de agosto como el Día Nacional de las Personas Desaparecidas, tal y como ha sido establecido internacionalmente y solicitado en reiteradas oportunidades por los distintos Comités de familiares de personas desaparecidas.
  8. Diseñar una estructura funcional de coordinación estratégica que integre representación de los tres Órganos de Estado, la FGR, la PDDH y los Comités de familiares, responsable de la búsqueda, localización e investigación de casos de personas desaparecidas con enfoque humanitario, que cuente con la asesoría de entidades internacionales especializadas como CICR y la OACNUDH. Esta estructura podría adoptar el mandato de un Grupo de Trabajo que enfoque sus esfuerzos en la búsqueda de las personas desaparecidas en la actualidad, que dé aplicabilidad a la ley de búsqueda y administre el registro de personas desaparecidas.
  9. Es preciso que este Grupo de Trabajo creado con el mandato de la búsqueda realice un mapeo y nómina de todos los posibles cementerios y fosas clandestinas existentes en el país, a fin de diseñar las estrategias de localización e identificación de las víctimas.
  10. Fortalecer con recursos financieros, técnicos y humanos las iniciativas técnico científicas llevadas a cabo por el IML desde hace varios años, para la identificación forense de personas desaparecidas. Es preciso ir preparando las condiciones para que el IML pueda convertirse en el mediano plazo en un Instituto de Ciencias Forenses, con capacidades y recursos para responder a las diversas demandas relacionadas con las personas desaparecidas de la violencia actual, los desaparecidos durante el conflicto armado y las personas desaparecidas en la ruta migratoria.
  11. Adoptar en el corto plazo los métodos de identificación dactilar propuestos por el IML y CICR en todas las morgues a nivel nacional, para la identificación rápida y certera de cadáveres de personas no identificadas, bajo el respaldo y la coordinación con el RNPN, la FGR y la PNC.
  12. Es preciso regular mediante ley y normas éticas lo relativo a los procesos de inhumación, tratamiento y medios de identificación de los restos de las personas desaparecidas. Esta normativa debe incluir regulaciones sobre el manejo y tratamiento de cadáveres no identificados en cementerios municipales.
  13. Realizar un diagnóstico amplio sobre la situación de las familias de personas desaparecidas, a fin de diseñar programas de atención y reparación integral.
  14. Capacitar y sensibilizar a fiscales, policías y operadores del sistema de justicia en los estándares internacionales de atención a familiares víctimas de la desaparición de personas, con enfoque humanitario.
  15. Definir mecanismos de control y supervisión del desempeño de policías y fiscales en la atención e investigación de los casos y establecer procesos sancionatorios para aquellos funcionarios que incumplan con las normas y enfoques de atención a las víctimas.
  16. 16.Es preciso que el Estado salvadoreño, y particularmente el Órgano Ejecutivo, adopte medidas urgentes de prevención, investigación y sanción de elementos de la Policía y miembros de la Fuerza Armada involucrados en casos de desapariciones forzadas, considerado internacionalmente como un delito de lesa humanidad. Esto implica disponer de la colaboración interna y el respaldo institucional, para la realización de investigaciones objetivas e independientes en aquellos casos en los que agentes del Estado están involucrados en estas abominables prácticas.
  17. Que el Estado salvadoreño adopte mecanismos de reparación, restitución de derechos, indemnización y atención en salud física y mental a las familias de personas desaparecidas. La implementación de un programa de reparación integral a víctimas de la desaparición tanto del conflicto armado como de la actualidad, sigue siendo una deuda del Estado salvadoreño.
  18. Es preciso que la Red de Atención en Salud del Ministerio de Salud desplegada a nivel nacional fortalezca las capacidades de atención y los servicios de salud física y mental a las familias de personas desaparecidas.
  19. Es pertinente establecer mecanismos de coordinación, intercambio y colaboración entre las instancias responsables de la búsqueda de los desaparecidos de la actualidad y la Conabúsqueda y la CNB.
  20. Ampliar los programas de formación académica desarrollados por el IML en las áreas de especialización forense, con la Universidad de El Salvador y con universidades extranjeras, mediante convenios de cooperación.

 

San Salvador, 7 de abril de 2021


También puede descargarlo aquí: https://bit.ly/2PPIL8D

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