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Comunicado: Órgano Ejecutivo reitera desobediencia a resolución de Sala

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19 mayo, 2020

El 18 de mayo la Sala de lo Constitucional -SC- emitió una medida cautelar que suspende la aplicación del Decreto Ejecutivo 18, por medio del cual el Órgano Ejecutivo pretendía prolongar la declaratoria de emergencia nacional en El Salvador.

Funcionarios del Gobierno han anunciado este 19 de mayo que se ha emitido el Decreto Ejecutivo 19, con el cual insisten en declarar estado de emergencia por medio de un Decreto Ejecutivo y no por Decreto Legislativo como lo ha señalado la SC, como debería ser. De concretarse esta decisión del Órgano Ejecutivo se estaría cometiendo un nuevo fraude de ley.

Existe jurisprudencia de la SC que establece que ante cualquier modificación legal efectuada sobre el objeto de control propuesto en un proceso de inconstitucionalidad (que es el caso del Decreto Ejecutivo 18), lo determinante para la SC es establecer la permanencia o no en el ordenamiento jurídico de la norma que fue inicialmente impugnada o inaplicada; ello, para evitar que, en virtud de maniobras legales (que es lo que está haciendo el Órgano Ejecutivo), una disposición o cuerpo normativo se sustraiga del control de constitucionalidad. Por tanto, se deja abierta la posibilidad de conocer de una disposición con el mismo contenido material que la disposición originalmente objetada, pero que la autoridad demandada reubicó en otro cuerpo normativo u otra disposición jurídica.

En ese sentido, la SC ha determinado que, cuando durante la tramitación del proceso de inconstitucionalidad se verifica alguna modificación en la disposición sometida a control, es posible examinar la continuidad de los términos de impugnación de la norma derogada, por lo que las personas que presentaron demandas en contra del Decreto Ejecutivo 18 deberían solicitar a la SC el traslado del objeto de control, en este caso al Decreto Ejecutivo 19; ante esa solicitud, y en consideración a la jurisprudencia, se debería esperar que la SC anuncie el traslado del objeto de control.

También, el ciudadano que presentó la demanda 63-2020, además de pedir el traslado del objeto de control, podría solicitar se tenga por incumplida la medida cautelar decretada contra el Decreto Ejecutivo 18, lo que podría reactivar el trabajo de la SC en esta materia.

Es de hacer notar que a esta hora (18:00) el Decreto Ejecutivo 19 no se ha dado a conocer públicamente ni se ha publicado en el Diario Oficial, esto podría tener la intención de frenar cualquier acción jurídica ciudadana que active la jurisdicción de la SC. De ser así, esto también sería parte del fraude de ley.

Solicitamos a la SC y a la comunidad nacional e internacional a estar atentos a las acciones que desde el Órgano Ejecutivo se realizan desobedeciendo mandatos judiciales, así como las que impiden el acceso a la justicia de la ciudadanía.

 

San Salvador 19 de mayo de 2020.


También puede descargar este comunicado aquí: https://bit.ly/2LSecJK
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