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Comunicado: FESPAD presenta demanda contra DE 19 y pide pronta y cumplida justicia

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21 mayo, 2020

Al mediodía de ayer, FESPAD presentó ante la Sala de lo Constitucional (SC) de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo No. 19, emitido por el presidente de la República el 19 de mayo de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 101, Tomo No. 427, de la misma fecha, por medio del cual se declara “Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID-19”.

En dicha demanda hacemos la petición especial respecto del traslado del objeto de control ante eventual reforma o derogatoria, parcial o total, del DE. N° 19. Esta petición la hicimos debido a la demora que supone la tramitación del proceso de inconstitucionalidad, porque es probable que antes del análisis liminar de la demanda, la vigencia del decreto haya finalizado (por reforma o derogación, parcial o total), pero la actividad normativa inconstitucional puede ser replicada, parcial o totalmente, en otro cuerpo normativo futuro como ha ocurrido recientemente; por tanto, pedimos que nuestra demanda no corra la suerte de una improcedencia, sino que se aplique la jurisprudencia que sostiene el traslado del objeto de control y que posibilita examinar la continuidad de los términos de impugnación de la norma derogada.

En declaraciones a medios de comunicación que diera ayer el Secretario Jurídico de la Presidencia, aseveró que el DE N°19 tenía plena vigencia, y que la única que podía declararlo inconstitucional es la SC. Pero más tarde, en conferencia de prensa, el presidente de la República expresó que el DE N°19 quedaba sin efecto; además mencionó que se ha comunicado con los miembros de la SC.

Esta práctica del Ejecutivo, de emitir constantemente decretos ejecutivos con evidentes vicios de inconstitucionalidad, parece ser una estrategia consciente para evadir el control de constitucionalidad, lo cual, de no corregirse desde la jurisdicción constitucional, puede seguirse repitiendo como práctica recurrente.

Nos preocupa que la SC pueda seguir resolviendo que no puede ejercer control constitucional sobre legislación derogada, tal como hiciera en el proceso de inconstitucionalidad con referencia 372020; contrario a jurisprudencia constitucional anterior.
También es de considerar que la supuesta derogatoria o inaplicabilidad del DE N°19 es sobre la base de las declaraciones del presidente, de ser solo así, el decreto está formalmente vigente.

Reconocemos que la pandemia ha generado mucho trabajo a la SC, pero que pese a ello en la mayoría de los casos ha resuelto oportunamente demostrando independencia judicial. Tenemos la plena confianza que la Sala emitirá resoluciones apegadas a Derecho respecto de las demandas presentadas, sin que presiones de ningún tipo vulneren su independencia en su labor del ejercicio de una pronta y cumplida justicia.

San Salvador 21 de mayo de 2020.


 

También puede descargar este comunicado aquí: https://bit.ly/2ANYuNr
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